El seguro de calderas y recipientes sujetos a presión cubre las pérdidas en calderas por explosión, rotura súbita, y otras causas detalladas más adelante; además, puede cubrir gastos extraordinarios ocasionados por el siniestro, como salarios de los trabajadores y transporte urgente de partes para reparar el equipo; finalmente puede cubrir daños a los fluidos contenidos en la caldera y daños a las tuberías.
Este seguro cubre los daños a la caldera por eventos originados al interior de la misma; para una cobertura completa es necesario contratar seguros de incendio, robo, contenidos, terremoto y erupción volcánica, fenómenos hidro-meterorológicos, responsabilidad civil y, de ser posible, de pérdidas consecuenciales.
¿Qué equipos puede cubrir este seguro, y cuáles no?
Bienes asegurables
Este seguro ampara calderas y recipientes sujetos a presión; recipientes sujetos a presión, sin fogón; equipos auxiliares; y tuberías. Se entiende cada uno de la siguiente manera:
Calderas y recipientes sujetos a presión con fogón. Se trata de recipientes cerrados donde se convierte un líquido en vapor por medio de calor generado por cualquier combustible o electricidad. Incluye parte del equipo auxiliar.
Recipientes sujetos a presión sin fogón. Son recipientes que trabajan normalmente a presión o al vacío, pero que nos son calentados directamente por fuego o gases. No incluye tuberías de entrada o salida, ni válvulas ni empaques.
Equipos auxiliares. Son los quemadores de combustible, parrillas, economizadores, tableros de control e inyectores que se encuentren en la estructura de las calderas y recipientes con fogón. Así como calentadores de combustible y ventiladores de tiro que se encuentren integrados al cuerpo de la caldera o a la estructura de la misma.
Tuberías. Son el circuito de tuberías metálicas que conducen un mismo fluido a presión entre la caldera y los equipos que lo utilizan; incluye conexiones, soportes y válvulas, pero excluye aislamientos.
Contenidos. Los fluidos o sustancias contenidas en cualquiera de los bienes asegurados.
Bienes no asegurables
Este seguro no ampara los siguientes equipos o partes:
- Chimeneas que no esté directamente soportadas por la estructura de las calderas
- Discos de seguridad, diafragmas de ruptura, tapones, fusibles y juntas
- Ventiladores de tiro que no se encuentren integrados al cuerpo de la estructura
- Transportadores alimentadores de combustible
- Bombas alimentadoras que no se encuentren sobre el equipo asegurado
- Pulverizadores de carbón
- Recipientes o equipos que nos sean metálicos
- Compresores
¿Cómo esta organizado el seguro de calderas y recipientes sujetos a presión?
Este seguro se organiza en cinco secciones:
SECCIÓN | |
I | Calderas y recipientes sujetos a presión con fogón |
II | Recipientes sujetos a presión, sin fogón |
III | Gastos extraordinarios |
IV | Contenidos |
V | Tuberías |
Cada sección cuenta con una cobertura básica propia.
¿Cuáles son las coberturas incluidas en cada sección del seguro de calderas y recipientes sujetos a presión?
Sección I. Calderas y recipientes sujetos a presión
Cubre los bienes asegurados contra los daños materiales ocasionados por:
- Rotura súbita y violenta de cualquier parte de la caldera o recipiente, causada por vapor o líquido dentro de las mismas
- Explosión, súbita y violenta, de gas proveniente del combustible, siempre que se use el combustible mencionado en la especificación
- Deformación, súbita y violenta, de cualquier parte de la caldera, provocada por presión o vació del agua, vapor u otro fluido, y que evite o haga inseguro su uso
- Agrietamiento de cualquier parte de material fundido en calderas de baja presión (hasta 1.05 kg/cm2 en vapor y 2.10 kg/cm2 en agua)
- Quemadura por insuficiencia de agua, vapor u otro fluido y que inmediatamente evite o haga inseguro su uso
Sección II. Recipientes sujetos a presión, sin fogón
Ampara los bienes asegurados contra los daños materiales causados por:
- Rotura provocada, en forma súbita y violenta, por la presión del vapor, aire, gas o líquido que contenga el recipiente
- Deformación del recipiente o de cualquiera de sus partes, súbita y violenta, provocada por la presión del vapor, aire, líquido, gas o vacío en el interior del recipiente
- Agrietamiento súbito de cualquier parte de un recipiente de metal fundido, si tal agrietamiento permite una fuga
Sección III. Gastos extraordinarios
Ampara los gastos por conceptos de tiempo extra, gastos de transporte de partes y repuestos necesarios para apresurar la reparación definitiva de los bienes asegurados.
El monto de estos gastos no podrá exceder el 15% del daño ni el 10% de la suma asegurada asignada a la caldera.
Sección IV. Contenidos
Cubre el escape o daños a los fluidos o sustanias contenidas en cualquiera de los bienes asegurados.
En esta cobertura el asegurado tiene una participación en la pérdida del 25%; además del deducible.
Sección V. Tuberías
Ampara las tuberías contra los riesgos de rotura o deformación en forma súbita o violenta, causada por la presión del vapor, aire, gas o líquido en dichas tuberías.
¿Qué no cubre este seguro, cuáles son su exclusiones?
La aseguradora no se hará responsable cuando los daños sean causados por:
- Actos dolosos o culpa grave del asegurado o cualquier persona que actúe a su nombre, incluyendo la dirección de la empresa o la dirección técnica
- Defectos que ya tenían los bienes asegurado al iniciar la vigencia de este seguro
- Incendio, ya sea que ocurra antes, al momento o después de la realización de alguno de los riesgos cubiertos
- Explosión ocurrida fuera de las calderas o recipientes sujetos a presión
- Guerra, revolución; confiscación, requisición o destrucción pro gobiernos y autoridades
- Huelgas y alborotos populares o actos de personas mal intencionadas
- Fenómenos de la naturaleza tales como: terremoto, temblor, erupción volcánica, huracán, ciclón, tempestad, vientos, heladas, granizo, inundación
- Rotura, desgaste o deterioro paulatino, como consecuencia de cavitaciones, erosiones, corrosiones, herrumbres o incrustaciones
- Fugas o deformaciones graduales
- Cambios estructurales o de diseño o uso de un combustible distinto
- Reparaciones provisionales
- Someter normalmente los equipos a presión superior a la máxima autorizada
- Uso de energía atómica o fuerza radioactiva
- Caída de chimeneas que no esté soportadas directamente por la estructura de las calderas
- Fallas electromecánicas
- Daños a recubrimientos que no sean causados por los riesgos cubiertos
- Derrame de agua o fuga de contenidos sobre la propiedad del asegurado o terceros
- Pérdidas en contenidos, excepto si se contrató la sección IV, en cuyo caso se aplicarán las siguientes exclusiones:
- Operación incorrecta de equipos, válvulas o conexiones
- Apertura de dispositivos de seguridad por sobrepresión
- Defectos de juntas, empaques
- Fisuras o agrietamiento de calderas, recipientes o tuberías
- Pérdidas resultantes directa o indirectamente de:
- Paralización de negocios o procesos de manufactura
- Falta de fuerza motriz, electricidad, calor, vapor o refrigeración
- Reclamaciones por pérdidas o daños que sufran terceros
- Cualquier consecuencia indirecta del riesgo realizado
- Responsabilidades legales o contractuales imputables al fabricante o vendedor de los bines asegurados
- Gastos adicionales a los cubiertos en la sección de gastos extraordinarios
- Terrorismo, sabotaje, huelgas, alborotos populares
¿Qué condiciones importantes adicionales tiene el seguro de calderas?
Localización e instalación inicial
Los equipos quedarán cubiertos solamente después de haber sido instalados y pasado las pruebas iniciales de los mismos, y mientras se encuentren dentro del predio mencionado en la póliza.
Suma asegurada
Cada bien asegurado deberá tener una suma asegurada equivalente a su valor de reposición. El valor de reposición se entiende como el costo de adquirir un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo costos de transporte, montaje y derechos aduanales.
Deducible
Es la cantidad que el asegurado soporta de la pérdida, antes de que la aseguradora haga un pago. El deducible de este seguro es un porcentaje sobre la suma asegurada de cada caldera.
Proporción indemnizable
Es importante que la suma asegurada de cada bien corresponda al valor de reposición del bien, pues si al momento del siniestro, el valor de reposición es mayor a la suma asegurada se aplicará la cláusula de proporción ondemnizable.
Por ejemplo, si una caldera tiene un valor de reposición de $500,000 pesos y está asegurada por $300,000 pesos, en el caso de un siniestro amparado, la aseguradora indemnizará el siniestro al 60%, que es la proporción de sub-aseguramiento.
Agravación de riesgo
Si existe alguna circunstancia que agrave el riesgo ya asegurado,será obligación comunicarlo a la aseguradora a más tardar 24 horas después de conocer las circunstancias.
Si se omite el aviso, la aseguradora queda liberada de toda obligación derivada del seguro.
¿Cómo se indemnizan pérdidas parciales y pérdidas parciales en el seguro de calderas?
Pérdidas parciales
Las pérdidas parciales se indemnizan de acuerdo a si son calderas o contenidos.
Calderas, recipientes sujetos a presión y tuberías
La indemnización incluye:
- Costo de reparación, incluyendo montaje y desmontaje, flete, prima de seguro para transporte
- Si la reparación se hace en el taller del asegurado, se pagan costos de materiales y mano de obra más un porcentaje de gastos, fijado de común acuerdo
- Gastos de envío express, solo si están contratados
- Reparaciones provisionales no se pagan, excepto si son parte de la reparación definitivas
- No se hacen deducciones por concepto de depreciación
Contenidos
Se paga el valor de reposición que tuvieren inmediatamente antes de ocurrir el siniestro, más los costos de fabricación correspondientes
En todos los pagos por siniestros de contenidos, se aplica un coaseguro de 25%, además del deducible correspondiente.
Pérdidas totales
Si el bien asegurado queda destruido o el valor de reparación es mayor al valor real (valor de reposición menos la depreciación) se pagará como pérdida total.
Las pérdidas totales se indemnizan al valor real menos el valor del salvamento.
¿Qué obligaciones tiene el asegurado en caso de un siniestro?
Al presentarse un siniestro en el seguro de calderas y recipientes sujetos a presión, el asegurado deberá tomar las siguientes acciones:
Medidas de salvaguarda. Ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño.
Solicitar instrucciones. Llamar a la aseguradora solicitando instrucciones, y atenerse a lo que ella indique.
Aviso de siniestro. Comunicar a la aseguradora, y confirmar por carta certificada, apenas se tenga conocimiento del siniestro y a más tardar cinco días después de ocurrido el mismo.
Documentos, datos e informes. Entregar dentro del plazo de 15 días siguientes al siniestro los siguientes documentos:
- Relación detallada de bienes destruidos o averiados y el importe de daños considerando el valor inmediatamente antes del siniestro
- Listado de todos los seguros que existan sobre los bienes dañados
- Planos, catálogos, recibos, actas y otros documentos que sirvan para apoyar la reclamación
- Todos los datos relacionados con las circunstancias en las cuales se produjo el siniestro
- Copias certificadas de las actuaciones practicadas por el ministerio público o cualquier otra autoridad que hubiese intervenido
¿Qué otros seguros de daños complementan este seguro?
El seguro de calderas y recipientes sujetos a presión excluye incendio, por lo que es conveniente contar, además, con un seguro de incendio; en este seguro conviene contratar la cobertura de terremoto.
Dependiendo de las circunstancias, es posible que convenga contratar un seguro de daños por fenómenos hidrometeorológicos; lo mismo aplica para el seguro de reponsabilidad civil, que no está cubierta en está póliza.
¿Dónde puedo contratar este seguro?
Escribe un mensaje a contacto@kayum.mx y con todo gusto te ayudaremos a elegir el mejor seguro de calderas y recipientes sujetos a presión para tu empresa.